DERECHOS Y DEBERES DE NUESTROS PACIENTES

Derechos de nuestros pacientes

  1. Acceder a nuestros servicios en condiciones de calidad, oportunidad, eficiencia seguridad, respeto a su intimidad, privacidad y con un personal idóneo y competente. 
  2. Derecho a estar informado: los pacientes tienen derecho a recibir información completa y comprensible sobre su diagnóstico, tratamiento, pronóstico, riesgos y alternativas de manejo, acorde con sus condiciones culturales, de forma inclusiva y con un enfoque diferencial. Tiene derecho a aclarar sus dudas antes de que se realice la atención.
  3. Que se le elabore y conserve una historia clínica íntegra, veraz y legible, que se mantenga su confidencialidad y custodia. El paciente podrá solicitar copia de esta información previo cumplimiento de los requisitos. Esta información sólo podrá compartirse con quienes tienen autorización según la norma colombiana vigente.
  4. Derecho a presentar peticiones, quejas, reclamos y/o denuncias por los canales de comunicación que se tienen habilitados y recibir respuesta según los términos de oportunidad institucionales.
  5. Recibir una segunda opinión médica si lo requiere, teniendo en cuenta los recursos de la clínica.
  6. A tener la compañía de sus familiares durante la atención (si lo desea), siempre y cuando no interfiera con el proceso de atención o la recuperación del paciente.
  7. Participación y autonomía: aceptar o rechazar actividades, intervenciones, insumos, medicamentos, dispositivos, servicios, procedimientos o tratamientos para su cuidado. Ninguna persona podrá ser obligada a recibir los mismos en contra de su voluntad, después de ser informados de las consecuencias de dicha decisión. Para ello deberá firmar el consentimiento informado correspondiente o dejar constancia de su rechazo.
  8. Ser respetado en su voluntad de oponerse a la presunción legal de donación de sus órganos y tejidos para que estos sean trasplantados a otras personas, siempre y cuando lo manifieste por escrito.
  9. Derecho a expresar su voluntad anticipada: es aquel documento en el que toda persona consciente, en pleno uso de sus facultades legales y mentales y como previsión de no poder comunicar sus decisiones en el futuro, anticipa libremente sus preferencias en la atención en salud que sean relevantes según sus valores y creencias personales (incluye el rechazo a prolongar la vida de manera artificial y el derecho a la eutanasia en Colombia).
  10. Los pacientes que requieren atención en idioma inglés tienen derecho a solicitar atención en este idioma por medio de intérpretes y/o personal médico capacitado, informando previamente al asesor comercial que lo acompaña.

Deberes de nuestros pacientes

  1. Cumplir las normas de la institución y del equipo humano tratante incluyendo reglas de higiene, comportamientos aceptables, cumplimiento oportuno de las citas y procedimientos programados. Cancelar mínimo 24 horas antes en caso de no asistir.
  2. Hacer buen uso de los recursos de la Institución y cuidar las instalaciones donde se presten los servicios. Cuidar y respetar los bienes personales y ajenos, dejando en su sitio los elementos de uso común.
  3. Información veraz: los pacientes deben proporcionar información completa y precisa sobre su salud, historial médico y cualquier cambio en su condición para que los profesionales de la salud puedan diagnosticar y tratar adecuadamente. Si cuenta con un documento de voluntad anticipada deberá informarlo antes de un procedimiento.
  4. Adherencia a tratamientos: los pacientes deben seguir las recomendaciones y planes de tratamiento acordados y asistir a las citas programadas. Si no pueden cumplir con un plan, deben informar a su médico para ajustar el tratamiento según sea necesario. Esto permite obtener los beneficios y resultados en salud propuestos.
  5. Responsabilidad financiera: los pacientes son responsables de pagar los costos de su atención médica que le correspondan y de informarse sobre los aspectos financieros de su tratamiento. Esto incluye comprender sus pólizas de seguro y hacer los arreglos necesarios para el pago de servicios no cubiertos.
  6. Reportar novedades (cambios en los datos de identificación, afiliación en salud, lugar de residencia, teléfonos de contacto). De igual forma notificar en forma oportuna, veraz y completa los cambios relacionados con su estado de salud y presentar los soportes clínicos requeridos por el médico tratante.
  7. Tratar con respeto y dignidad a las personas que lo atienden, al personal de la clínica, a los demás pacientes y acompañantes, así como su intimidad y sus creencias culturales. Actuar de manera solidaria ante las situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas.
  8. Donación de órganos y tejidos: todos los colombianos somos donantes por presunción legal a la donación; si es su voluntad oponerse a ser donante, debe manifestarlo por escrito (en notaría o por documento privado firmado en vida). 
  9. Comprometerse con leer, aclarar dudas y firmar el consentimiento informado cuando así se requiera. Los pacientes deben asegurarse de entender la información proporcionada por los profesionales de la salud. Si algo no está claro, deben hacer preguntas hasta entender completamente.
  10. Participación en decisiones: Los pacientes deben participar activamente en las decisiones sobre su atención y expresar sus preferencias y preocupaciones. Esto incluye colaborar con los profesionales de la salud en la planificación de su tratamiento y comunicar cualquier cambio en su estado de salud.

Esta declaración es de conocimiento público y de fácil consulta para los grupos de interés. Es comunicado a todo el personal de la organización desde el momento de su ingreso. Su incumplimiento puede ser reportado ante nuestra oficina de atención al usuario, también por medio de nuestros mecanismos de formulación de quejas y reclamos (página web y buzón de sugerencias) y a través del correo de nuestra Asociación de Usuarios asociacion.usuarios@ceomedellin.com.