Estatutos Asociación de usuarios CEO
Objetivo de la asociación de usuarios
Agrupar a las personas del régimen contributivo y subsidiado que utilizan los servicios de la Clínica de Especialidades Oftalmológicas, para que velen por los derechos que tienen los usuarios y nos ayuden a canalizar sus sugerencias, inquietudes y reclamos.
De esta manera, mejorar los servicios de salud y los índices de satisfacción.
¿Quiénes pueden formar parte de la asociación de usuarios?
Todas las personas afiliadas al SGSS que sean mayores de edad y quieran participar. Las personas que deseen participar, deben ser usuarios de la Red, pacientes, familiares, acompañantes, o representantes de la comunidad y deben contar con la disposición e interés de asistir a las reuniones.
¿Cuántas personas pueden formar parte?
La norma no lo especifica. Sólo indica que debe ser PLURAL.
¿Cuál es la naturaleza de la asociación?
Es una organización sin ánimo de lucro. Puede registrarse ante el municipio (Notaría). El acta de constitución debe reportarse ante la Superintendencia Nacional de Salud con los datos.
Tiempo de elección de integrantes: 2 años
Perfil de los integrantes de la asociación:
La Asociación de Usuarios de la Clínica de Especialidades Oftalmológicas debe estar integrada por personas que cumplen con el siguiente perfil, para ser elegido en un cargo de representación a nombre de la asociación de usuarios.
- Ser usuario de la Clínica CEO y estar afiliado al régimen subsidiado o contributivo del Sistema de Seguridad Social en Salud Colombiano.
- No estar incurso en inhabilidades establecidas por la Ley.
- No ser empleado de la EPS ni de la Clínica CEO.
- Estar presente en el momento de la elección.
Responsabilidades:
Las personas que desean hacer parte de la Asociación de Usuarios de la Clínica, se comprometen a:
- Coordinar con cada responsable institucional de área, las actividades, periodicidad, informes y forma de operar, para el ejercicio de vigilancia de cada servicio.
- Mantener en permanente contacto con el Servicio de Información y Atención al Usuario (SIAU) de la institución con el fin de obtener información, especialmente sobre los Planes Obligatorios de Salud, deberes y derechos en salud, Red de servicios, Copagos, Cuotas Moderadoras, organizar la divulgación de información, participar de la Capacitación y multiplicarla, canalizar las propuestas y peticiones de todos los usuarios.
- Garantizar que en la institución se publique información indicando: tipos de servicio que presta, honorarios de atención, procedimiento para acceder a los servicios, buzón de PQR, entre otros.
- Presentar en forma periódica informes de trabajo y la percepción del estado del servicio a la gerencia o Dirección de la institución a través del SIAU.
- Publicar en cartelera la copia de este informe y presentarlo en asamblea.
No remuneración:
LAS PERSONAS QUE DESEAN HACER PARTE DE LA ASOCIACION DE USUARIOS NO TENDRAN JERARQUÍA ENTRE ELLOS Y REALIZARAN SU EJERCICIO DE PARTICIPACIÓN EN FORMA GRATUITA.
Responsabilidades de la Clínica CEO
Por su parte la Clínica de Especialidades Oftalmológicas se compromete a:
- Suministrar a la Asamblea la información necesaria para la comprensión del ejercicio de la participación en la Vigilancia en la prestación de los servicios de salud que presta, así como su organización interna.
- Disponer de un Servicio de Información y Atención al Usuario (SIAU) que actúe como facilitador y canal de comunicación con los usuarios.
Sobre la conformación: se define que no es necesario que la asociación de usuarios cuente con personería jurídica, ni registro en Cámara de Comercio. Es decisión de los integrantes de la asociación hacer o no dicho registro.